MADRES TRABAJADORAS YA PUEDAN CONTAR CON LACTARIOS EN SUS CENTROS DE LABORES
| La congresista Ana María Solórzano (NGP) saludó la
promulgación de la ley aprobada por el Congreso que dispone implementar
lactarios en todas las instituciones del sector público y privado para promover
la lactancia materna, al señalar que el gobierno del presidente Ollanta Humala
está comprometido con esta tarea. Señaló que esta norma ayudará a las madres trabajadoras a tener un ambiente adecuado en sus centros de labores para dar leche materna a sus hijos. “La leche materna es el mejor alimento para nuestros niños, con la nueva ley que promueve la alimentación y se garantiza niños sanos. El gobierno está identificado con la lactancia materna”, dijo. La parlamentaria recordó que ella junto al congresista Jaime Delgado Zegarra (NGP) fueron impulsores de esa iniciativa legislativa con el objeto de frenar el uso de fórmulas como sustituto de la leche materna. Pidió a los profesionales de la salud, que atienden los partos, promover la lactancia materna, estrechando de esta manera los vínculos entre la madre y el recién nacido. Manifestó que si bien la leche materna es necesaria los primeros seis meses de vida, sin embargo algunos especialistas señalan que estas podrían suministrase hasta los dos años. El sábado 7 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 29896, que promueve la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y sector privado promoviendo la lactancia materna, que fue aprobada por el Pleno del Congreso en sesión del 14 de junio, bajo la autoría del congresista Juan Carlos Eguren (APGC). Según la norma, los lactarios son ambientes especialmente acondicionados para que las madres trabajadoras extraigan su leche materna durante el horario de trabajo, asegurando su adecuada conservación. El plazo para implementarlos en las entidades del sector privado es de 90 días hábiles contados a partir de la vigencia de la adecuación del decreto supremo 009-2006-Mindes a la presente ley. En el sector público, el Poder Ejecutivo, mediante el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, adecuará el citado decreto a lo dispuesto en la norma, en un plazo de sesenta días hábiles a partir de su entrada en vigencia. SERVICIO DE NOTICIAS OFICINA DE COMUNICACIONES DEL CONGRESO |
http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/Prensa/heraldo.nsf/CNtitulares2/8415bf281277714905257a350063fcaa/?OpenDocument

Comentarios
Publicar un comentario